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HONDURAS: NOMBRARÁN JUECES ANTICORRUPCIÓN EN 2017

La Comisión de Selección de Jueces y Magistrados Anti corrupción, anunció que en enero de 2017 estarían siendo nombrados los profesionales del Derecho que hayan aprobado para obtener una plaza en el proceso, Lester Ramírez miembro de la comisión destacó que la mayoría de candidatos hasta ahora son mujeres.  

Redacción Central / EL LIBERTADOR

Tegucigalpa. La Comisión de Selección de Jueces y Magistrados Anticorrupción, anunció que los togados que sean seleccionados, iniciaran funciones en enero próximo, según el cronograma establecido.

Además anunció que el plazo de entrega de documentación para entrar al concurso de selección de jueces y magistrados de lo penal en materia de Corrupción, expira el 10 de octubre.

“Se dio una prórroga para incentivar, motivar y promocionar el proceso; lo interesante es que el 68 % de los postulantes son mujeres, eso quiere decir que tienen valor y no tienen miedo al combate a la corrupción” explicó Lester Ramírez miembro de la comisión.

Ramírez anunció que pronto se establecerán conversaciones con asociación de jueces y fiscales, Ministerio Publico, defensa publica, litigantes privados y togados del derecho para dar a conocer más detalles.

El proceso de selección inició en agosto pasado con la aprobación del reglamento interno y un calendario del proceso. La comisión anuncio que al finalizar el periodo de presentación de documentos, se procederá a la revisión de las carpetas.

Posteriormente a comienzos del mes de noviembre comenzara el análisis curricular, antecedentes de conducta laboral y personal, y la aplicación de un examen escrito para la evaluación de conocimientos jurídicos. A cada evaluación le sucederá la publicación de la lista de postulantes que aprueben.

Según el calendario de la comisión de selección el 22 de noviembre los candidatos que aprueben serán sometidos a pruebas de confianza socioeconómica, patrimonial, psicométricas, toxicológicas y polígrafo.

Por tanto los nombres de los profesionales seleccionados, podrán ser impugnados entre finales de noviembre y principios de enero de 2017, para cerrar el proceso de selección el 24 del mismo mes.

Ramírez destacó que el proceso es apoyado por Transparencia Internacional, la Barra de Abogados de Estados Unidos, la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) y agencias de la Organización de Naciones Unidas (ONU).

Origen: http://www.web.ellibertador.hn/index.php/noticias/nacionales/1700-honduras-nombraran-jueces-anticorrupcion-en-2017

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En Honduras se ha corporativizado la justicia: Raúl Pineda Alvarado

La historia de Honduras ha sido de un estiramiento indebido de la ley, donde la ley no ha sido nunca la expresión de la voluntad de la soberanía sino que ha sido la expresión de la voluntad de una minoría que oprime a una mayoría. Por: Redacción CRITERIO redaccion@criterio.hn Tegucigalpa.- A criterio del profesional de […]

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Condenan a asesino de Juez y comunicador de Gracias, Lempira

Alex Romberto Rodríguez ha sido acusado por un doble homicidio de un juez y comunicador de Gracias, Lempira. El crimen fue pasional.

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Colegio de Abogados denuncia fallas técnicas en protocolo de selección de jueces anticorrupción de la MACCIH

El Presidente del Colegio de Abogados, José María Díaz, denunció fallas técnicas en el protocolo de selección de jueces anticorrupción elaborado por la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad (MACCIH).

La exclusión automática que hace el protocolo a cualquier defensor público que ha prestado sus servicios a sospechosos de estar involucrados con el narcotráfico y crimen organizado es vista con malos ojos por el Colegio de Abogados.

A criterio de Díaz, un abogado que por mandato legal defiende a un acusado no debería ser criminalizado.

Origen: Colegio de Abogados denuncia fallas técnicas en protocolo de selección de jueces anticorrupción de la MACCIH – Noticias Cholusat Sur

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Honduras: Demandaran al Estado hondureño por no restituir jueces despedidos

Los exjueces Adán Guillermo López, Luis Alonso Chévez y Tirza Flores Lanza viajaron este lunes a Washington para introducir la demanda ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), en vista que la Corte Suprema de Justicia no los ha restituido. 

Redacción Central / EL LIBERTADOR  / 20 DE jUNIO 2016

Tegucigalpa. Tres exjueces destituidos por haberse opuesto al golpe de Estado de 2009 demandarán al Estado hondureño porque no han sido reintegrados en sus cargos.

Los exjueces Adán Guillermo López, Luis Alonso Chévez y Tirza Flores Lanza viajaron este lunes a Washington para introducir la demanda ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), en vista que la Corte Suprema de Justicia no los ha restituido.

López indicó que se han visto obligados a entablar la demanda ante la Comisión de DDHH de la OEA para que presionen al Estado hondureño que cumpla con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) de readmitirlos en el sistema judicial.

Al respecto, indicó que aprovechar para visitar a las autoridades de Estados Unidos para ponerles al corriente sobre el cumplimiento de la sentencia. Prácticamente ha fracasado en el país porque no hay voluntad política para que la misma se cumpla en todo lo que se ordena”.

Aseguró que harán las gestiones para que se cumpla la sentencia dictada por la CorteIDH y “estamos valorando las posibilidades, presentar una queja ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, respecto al incumplimiento y también lo haremos ante la OEA, porque es una sentencia de obligatorio cumplimiento”.

http://www.web.ellibertador.hn/index.php/justicia/1483-demandaran-al-estado-hondureno-de-restituir-jueces-despedidos

Origen: http://www.hondurastierralibre.com/2016/06/honduras-demandaran-al-estado-hondureno.html

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MACCIH tendrá minoría en escogencia de jueces anticorrupción

Por: Redacción CRITERIO redaccion@criterio.hn

Tegucigalpa.- Rolando Argueta Pérez, presidente Poder Judicial,  firmó este día el Acuerdo de Designación de la Comisión de Selección de Candidatos Elegibles para los Cargos de Jueces y Magistrados de lo Penal con Competencia Nacional en Materia de Corrupción. Tal como se preveía la Comisión quedará integrada por dos magistrados de […]

Origen: MACCIH tendrá minoría en escogencia de jueces anticorrupción – CRITERIO

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CSJ da a conocer protocolo de selección y nombramiento de jueces anticorrupción

Cholusat Sur, Canal 36, Noticias de Última Hora en Honduras

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), dio a conocer, el mediodía de este lunes, el protocolo de selección y nombramiento de jueces de lo penal con competencia en materia de corrupción.

El proceso de selección y nombramiento de jueces, juezas, magistrados y magistradas de lo Penal con Competencia Nacional en Materia de Corrupción adoptará la modalidad de Concurso Público y comprenderá las etapas: convocatoria, inscripción de postulantes, admisión de carpetas de postulación e identificación de postulantes, selección de candidatos o candidatas elegibles y nombramiento de los candidatos seleccionados.

El procedimiento de selección de candidatos elegibles estará a cargo de una comisión que deberá integrarse con miembros propietarios (magistrados de la Sala de lo Penal, magistrado de la Sala de lo Laboral y un representante de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras).

En tanto los miembros suplentes serán un magistrado de la Sala de lo Penal, uno de la Sala de lo Laboral, un oficial de Transparencia del Poder Judicial y otro de la MACCIH.

Asimismo, un representante de sociedad civil y un secretario nombrado por la CSJ. Una vez integrada la Comisión, ésta procederá a reunirse en un plazo no mayor a diez días hábiles para definir su reglamento interno.

La Comisión cumplirá sus funciones con absoluta independencia, apoliticidad, objetividad e imparcialidad; tomará sus decisiones por unanimidad; y llevará los registros que sean necesarios para el control de sus actividades.

Convocatoria

La Comisión hará saber a toda la población hondureña que la Presidencia del Poder Judicial está sometiendo a Concurso Público las plazas de Juez o Jueza de Letras, Juez o Jueza de Sentencia y/o Magistrado o Magistrada de Corte de Apelaciones de lo Penal con Competencia Nacional en Materia de Corrupción.

Esta convocatoria se publicará en la página web del Poder Judicial y será difundida por cualquier medio de comunicación que se estimare conveniente.

El procedimiento de selección de candidatos elegibles se desarrollará mediante: análisis curricular y de antecedentes de conducta laboral y personal; evaluación de conocimientos jurídicos; entrevista y pruebas de confianza.

Origen: CSJ da a conocer protocolo de selección y nombramiento de jueces anticorrupción – Noticias Cholusat Sur

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Gobierno anuncia jueces contra extorsión e incautación de bienes a personas que cometan ese delito

Por: Redacción CRITERIO redacción@criterio.hn

Tegucigalpa. El presidente, Juan Hernández,  anunció hoy la creación de jueces de jurisdicción nacional para casos de extorsión y que se contempla la incautación de bienes a las personas que cometan ese delito,  como parte del replanteamiento de la estrategia de seguridad del Gobierno para los próximos dos años.

JOH-CADENA

“Hemos  atacado fuertemente a quienes se dedican al narcomenudeo y es posible que algunos de ellos se estén moviendo hacia la extorsión y por eso es que ahora la Fuerza de Seguridad Interinstitucional Nacional (FUSINA) le va a dar un apoyo constante, directo y completo a la Fuerza Nacional Antiextorsión (FNA)”, señaló Hernández.

El mandatario expresó que se instaurarán jueces con jurisdicción nacional para atender los casos de extorsión, ya que el Ministerio Público (MP) ha mejorado mucho en la lucha contra el narcotráfico, lavado de activos, la corrupción y delitos contra la vida, pero hay serios problemas en el Poder Judicial, como la recarga de muchos casos de distinta índole en un solo juez.

Ante esta situación,  señaló que  ha girado una solicitud oficial al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Rivera Avilés, para que junto al Consejo de la Judicatura “nos apoyen con los jueces con jurisdicción nacional para trabajar con la FNA, al igual que ya tenemos fiscales especiales antiextorsión, y eso va a venir a ayudar de manera importante” a combatir ese delito.

Explicó que se está en el proceso de revisar los avances y de aquí al 27 de enero, en la segunda etapa de la “Operación Morazán”, se empezará  con  la creación y operación de los jueces de jurisdicción nacional dentro de la Fuerza Nacional Antiextorsión (FNA).

El mandatario indicó  que ha  aumentado la confianza del pueblo en las autoridades de seguridad, ya que ahora  se registran más denuncias al número 911, pero se necesita avanzar porque se tiene que llegar a los cabecillas de las organizaciones que se dedican a las extorsiones, a quienes “se les van a incautar los bienes y el dinero” que obtengan como producto de ese delito.

“Así como todos los operadores de justicia han coincidido en que la incautación de bienes a los narcotraficantes, lavadores de activos, implicados en actos de corrupción,  esperamos que también se haga ahora a los que se benefician con la extorsión”, remarcó el Presidente.

Señaló la importancia de que FUSINA se centre en la persecución del delito de la extorsión en apoyo a la FNA y de igual modo  se puedan mover a las ciudades pequeñas e inclusive a zonas rurales, hacia donde se  han trasladado muchos de esos delincuentes.

Origen: Gobierno anuncia jueces contra extorsión e incautación de bienes a personas que cometan ese delito –

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Honduras: Corte Suprema de Justicia designa nuevo juez natural en caso Teodoro Bonilla

Tegucigalpa..
El pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), nombró este martes a Raúl Enríquez como el nuevo juez natural que conocerá el requerimiento fiscal presentado en contra del vicepresidente del Consejo de la Judicatura, Teodoro Bonilla.

El consejal fue acusado por el Ministerio Público por el delito de abuso de autoridad y tráfico de influencias en el caso Shalom.
En la misma acción penal se acusó a la magistrada Delmy López por el delito de prevaricato y abuso de autoridad y a la jueza con jurisdicción nacional, Liz María Nuñez por el delito de tráfico de influencias.
 http://www.tiempo.hn/csj-designa-nuevo-juez-natural-en-caso-teodoro-bonilla/

Origen: http://www.hondurastierralibre.com/2015/12/honduras-csj-designa-nuevo-juez-natural.html

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Gobierno hace caso omiso a sentencia de la Corte

Tegucigalpa. El gobierno de Honduras ha mantenido el silencio para cumplir la sentencia que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos CIDH, en el caso de los tres jueces despedidos por pronunciarse en contra del golpe de Estado del 28 de junio del 2009.

El proceso fue presentado en julio del 2010 por los despidos ilegales y arbitrarios contra Adán Guillermo López (juez de sentencia), Luis Alonso Chévez (juez contra la violencia domestica), y la magistrada Tirza Flores Lanza (magistrada corte de apelaciones), acción efectuada por la Corte Suprema de Justicia lo que evidencio que no existe independencia jurídica en Honduras.

Tom Pantign de la Asociación de Jueces por la Democracia AJD dijo que “Se deben tomar en consideración por las sentencias en materia de Derechos Humanos en el caso de los tres jueces despedidos versus Honduras, donde se condena al Estado y se establece claramente la independencia judicial en el país y cuáles son los criterios que se deben tomar en cuenta para una justicia independiente.

Por su parte Emilio Álvarez representante de la CIDH manifestó que la sentencia fue emitida el cinco de octubre en donde por primera vez la Corte señala con claridad el golpe de Estado y que los jueces y la magistrada cumplieron con su obligación de defender la democracia, remarca la responsabilidad de Honduras en el incumplimiento de obligaciones internacionales.

“Ahora la Junta Nominadora y el Congreso tienen una oportunidad de explicarle a la CIDH, sería bueno saber que han utilizado esa sentencia como un criterio orientador, que la consideración de esta sentencia sea como un ejemplo de cumplimiento de obligaciones internacionales” indico el jurista.

Tirza Flores magistrada informo que el 10 de noviembre el Estado de Honduras fue notificado del resultado de la sentencia que en la parte resolutiva contempla el reintegró de ellos y ella, es de cumplimiento obligatorio y se debe cumplir a la brevedad posible.

“Todavía no hemos hecho gestiones, el Estado no se ha pronunciado ni ha hecho ningún acercamiento con nosotros, debemos ser reintegrados en los mismos cargos que teníamos cuando fuimos despedidos en el 2010”, adujo la profesional del derecho.

Para Guillermo López Long no ha habido ningún avance en relación con el Estado solo  tuvieron un acercamiento con el procurador de la republica “nos demuestra que el Estado actuara de manera desinteresada en el cumplimiento de la sentencia”.

López adujo que es una sentencia de carácter vinculante en el cumplimiento de la responsabilidad internacional, las actuaciones del Estado en este caso es como el de todas las victimas que han obtenido sentencias condenatorias contra Honduras, “es una nueva re victimización en cuanto al modo que pudiera traer como consecuencia en el cumplimiento inmediato de la sentencia”.

El plazo para que Honduras responda a la sentencia de la corte es de un año, contado desde el día de la notificación de la CIDH, pero no existe un mecanismo para contactar a las víctimas para iniciar con ellas un mecanismo de cumplimiento sino que son las víctimas las que ven la manera de iniciar el proceso de cumplimiento, “como en nuestro caso nos apersonamos a la procuraduría y nos hemos encontrado con evasivas con respuestas a medias”.

“El poder judicial está involucrado en nuestra sentencia y no nos han invitado, ni el presidente del consejo de la judicatura ni de los otros integrantes del consejo, eso denota por parte del Estado una situación de re victimización”, finalizo López.

La sentencia contempla el reintegro de los tres jueces, una indemnización monetaria y la publicación de la sentencia en medios de comunicación (las disculpas estarían demás viendo el texto de la sentencia, porque deja claro que todo lo que hicieron fue en defensa de la democracia).

Origen: Gobierno hace caso omiso a sentencia de la Corte

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Gobierno hace caso omiso a sentencia de la Corte IDH

Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- El gobierno de Honduras ha mantenido el silencio para cumplir la sentencia que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el caso de los tres jueces despedidos por pronunciarse en contra del golpe de Estado del 28 de junio del 2009.

El caso fue presentado en julio del 2010 por los despidos ilegales y arbitrarios contra Adán Guillermo López (juez de sentencia), Luis Alonso Chévez (juez contra la violencia domestica), y la magistrada Tirza Flores Lanza (magistrada corte de apelaciones), acción efectuada por la Corte Suprema de Justicia lo que evidenció que no existe independencia jurídica en Honduras.

Tom Pantign de la Asociación de Jueces por la Democracia AJD dijo que “Se deben tomar en consideración por las sentencias en materia de Derechos Humanos en el caso de los tres jueces despedidos versus Honduras, donde se condena al Estado y se establece claramente la independencia judicial en el país y cuáles son los criterios que se deben tomar en cuenta para una justicia independiente.

Por su parte, Emilio Álvarez representante de la CIDH manifestó que la sentencia fue emitida el cinco de octubre en donde por primera vez la Corte señala con claridad el golpe de Estado y que los jueces y la magistrada cumplieron con su obligación de defender la democracia, remarca la responsabilidad de Honduras en el incumplimiento de obligaciones internacionales.

“Ahora la Junta Nominadora y el Congreso tienen una oportunidad de explicarle a la Corte IDH, sería bueno saber que han utilizado esa sentencia como un criterio orientador, que la consideración de esta sentencia sea como un ejemplo de cumplimiento de obligaciones internacionales” indicó el jurista.

Tirza Flores magistrada informo que el 10 de noviembre el Estado de Honduras fue notificado del resultado de la sentencia que en la parte resolutiva contempla el reintegró de ellos y ella, es de cumplimiento obligatorio y se debe cumplir a la brevedad posible.

“Todavía no hemos hecho gestiones, el Estado no se ha pronunciado ni ha hecho ningún acercamiento con nosotros, debemos ser reintegrados en los mismos cargos que teníamos cuando fuimos despedidos en el 2010”, adujo la profesional del derecho.

Para Guillermo López Lone no ha habido ningún avance en relación con el Estado solo  tuvieron un acercamiento con el procurador de la republica “nos demuestra que el Estado actuara de manera desinteresada en el cumplimiento de la sentencia”.

López Lone explicó que la sentencia de carácter vinculante en el cumplimiento de la responsabilidad internacional, las actuaciones del Estado en este caso es como el de todas las victimas que han obtenido sentencias condenatorias contra Honduras, “es una nueva re victimización en cuanto al modo que pudiera traer como consecuencia en el cumplimiento inmediato de la sentencia”.

El plazo para que Honduras responda a la sentencia de la corte es de un año, contado desde el día de la notificación de la CIDH, pero no existe un mecanismo para contactar a las víctimas para iniciar con ellas un mecanismo de cumplimiento sino que son las víctimas las que ven la manera de iniciar el proceso de cumplimiento, “como en nuestro caso nos apersonamos a la procuraduría y nos hemos encontrado con evasivas con respuestas a medias”.

“El Poder Judicial está involucrado en nuestra sentencia y no nos han invitado, ni el presidente del consejo de la judicatura ni de los otros integrantes del consejo, eso denota por parte del Estado una situación de re victimización”, finalizó López.

La sentencia contempla el reintegro de los tres jueces, una indemnización monetaria y la publicación de la sentencia en medios de comunicación (las disculpas estarían demás viendo el texto de la sentencia, porque deja claro que todo lo que hicieron fue en defensa de la democracia).

Origen: http://conexihon.hn/site/noticia/transparencia-y-corrupci%C3%B3n/gobierno-hace-caso-omiso-sentencia-de-la-corte-idh

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Juez despedido en 2009: Estado actúa desinteresadamente en sentencia de Corte IDH

Tras dos meses de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH,sentenciara al Estado hondureño por el despido de tres jueces y una magistrada por oponerse al Golpe de Estado de junio de 2009,  continúan en una larga espera para ser restituidos en sus cargos ante la vista y paciencia de quienes controlan el poder Judicial.

El abogado Guillermo López Lone denunció este martes 08 de diciembre en un hotel capitalino que hasta esta fech,  el Estado hondureño no ha dado respuesta al cumplimiento de la sentencia de organismo regional de justicia, misma que fue notificada desde el pasado 05 de octubre.

Agregó que los juristas afectados hasta el momento sostuvieron una plática con el Sub Procurador de la República pero sin que exista algo en concreto, además calificó el actuar de parte del Estado como “lamentable y muestra una actitud desinteresada en el cumplimiento”.

El afectado explicó que el carácter de la sentencia es de carácter vinculante,  “lo que pasa en nuestro caso es igual que a las víctimas de  sentencias condenatorias contra el Estado, éste se toma su tiempo y esto genera una situación de revictimización”.

Junto al entrevistado están los  jueces Luís Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Barrios Maldonado, así como la magistrada Tirza Flores Lanza.

Los anteriores forman parte de la Asociación de Jueces por la Democracia, (AJD), organización que se opuso firmemente al rompimiento del orden constitucional en junio de 2009.

La Corte IDH reconoció en la sentencia que hubo violación  entre los derechos políticos, la libertad de expresión, el derecho de reunión y la libertad de asociación, y que estos derechos, en conjunto, hacen posible el juego democrático. “En situaciones de ruptura institucional, tras un golpe de Estado, la relación entre estos derechos resulta aún más manifiesta”.

El abogado López Lone informó  que en base a lo estipulado en el Código Civil, existe la figura del principio de repetición, es decir que un funcionario que le causen un daño o un perjuicio al Estado de Honduras por incumplimiento de responsabilidades,  este funcionario deberá pagar por los delitos cometidos.

CIDH demanda cumplimiento

Durante la visita al país del Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, (CIDH), Emilio Alvarez Icaza, manifestó que el cumplimiento de esta sentencia, mostraría una buena voluntad por parte del Estado hondureño para fortalecer su actual sistema de justicia.

El también jurista destacó que es la primera que este organismo –Corte IDH- se pronuncia “tan claramente” en relación al Golpe de Estado cuando menciona que tanto los jueces como la magistrada no solo tenían el deber sino la obligación de defender la democracia.

“El Estado está obligado en atención a sus principios y compromisos internacionales a atender este tipo de resoluciones y así dar muestras de transparencia y rendición de cuentas” acotó Alvarez Icaza.

Para el actual proceso de la nueva conformación de la Corte Suprema de Justica, (CSJ), en enero próximo, el Secretario Ejecutivo de la CIDH instó a la Junta Nominadora y al Congreso Nacional a que tomen en cuenta esta sentencia y que sirva como medición para la presentación final de la nómina de aspirantes a magistrados y magistradas, ante las constantes denuncias contra  quienes  participaron en el despidos de los jueces y la magistrada.

Antecedentes

Julio 2009: Los jueces y la magistradas asistieron a una movilización popular, que esperaba el retorno al país del presidente constitucional Manuel Zelaya, quien había sido separado del poder por el golpe de Estado cometido en su contra el 28 de junio de ese mismo año.

Julio 2010: La Asociación de Jueces por la Democracia y el Centro por la Justicia y el derecho Internacional, (CEJIL), presentan el caso de los jueces y la magistrada despedidos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Marzo 2014: La CIDH eleva el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

02 y 03 Febrero 2015: El esta hondureño comparece ante la Corte Interamericana para responder por el despido de los jueces y la magistrada.

05 Octubre 2015: La Corte emite la sentencia en la que ordenan al Estado el reintegro de los jueces y la magistrada despedidos por su oposición al Golpe de Estado de junio de 2009.

Origen: Pasos de Animal Grande – Juez despedido en 2009: Estado actúa desinteresadamente en sentencia de Corte IDH

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Jueces restituidos por la CIDH insisten en su restauración, pero el Estado está mudo –

Por: Redacción CRITERIO redacción@criterio.hn El pasado 10 de noviembre la Corte Interamericana de Derechos Humanos Ordenó la restitución de los jueces Guillermo López Lone, Luis Chévez de la Rocha, Ramón Barrios y la magistrada Tirza Flores Lanza que fueron destituidos por oponerse al “golpe de Estado” contra el ex presidente Manuel Zelaya Rosales,  en el […]

Origen: Jueces restituidos por la CIDH insisten en su restauración, pero el Estado está mudo –

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Judicatura bananera, cerco mediático y libertad en riesgo

“Resulta hipócrita y contradictorio que la clase política cachureca, que tanto admira y complace al gringo, pretenda como desde hace años endurecer las penas para silenciar las criticas”, detalla en este ilustrativo articulo el doctor y analista político Rodolfo Pastor Fasquelle.

*Rodolfo Pastor Fasquelle

Casi olvidadas ya las denuncias del Juez Echenique, en medio de nuevas denuncias contra la secretividad con que los Notables –representantes de los sectores pudientes— eligen a los prospectos de nuevos jueces, contra quienes proliferan las denuncias, y en medio del escándalo del manifiesto abuso y manoseo vulgar de la justicia, en la conversación grabada entre el  Magistrado Lozano y el Vicepresidente del Consejo de la Judicatura, Bonilla que, amenazan con demandar a la fiscalía por publicarla, aflora hoy la condena, a todas luces política y antijurídica, pero aplaudida por Casa Presidencial, contra el periodista David Romero E. por supuestos delitos de calumnia y difamación contra terceros particulares y funcionarios.

Delitos por los cuales la condena puede ascender a ocho años de prisión. Y, por contraste con esas tinieblas, trascienden las imágenes luminosas de la pancarta improvisada y las consignas cantarinas antier, en el Estadio Olímpico de San Pedro, lleno de aficionados que gritan Fuera JOH, para que lo sepa el mundo aunque lo quiera ocultar TVC.

He ahí los contrastes. Los susurros de los comisionados para elegir prospectos de magistrados, las voces grotescas y vulgares de los togados actuales, los silencios cómplices del cuarto poder comprado y los reclamos de desengaño, reproches y gritos de libertad del pueblo… aun en el Circo, a la luz del día.

Los medios públicos y las denuncias se pueden abusar y ese abuso esta reconocido. Las leyes que tipifican ese delito en el código buscan salvaguardar el honor de personas particulares contra la facilidad de la calumnia pública. Pero esas salvaguardas  aquí han sido usadas como escudos políticos y pretextos de impunidad. Y en una democracia, quienes detentan o aspiran a detentar el poder público tienen que someter ese derecho particular al mayor bien del interés general.

En el concepto democrático de la sociedad, el derecho a la información es un derecho universal, así se consigna en la normativa internacional y en la constitución es al menos un derecho cívico fundamental. El demos tiene derecho a saber quien lo quiere gobernar. Llámese María Cristina, Juan Orlando o Rafael Leonardo.

Hay que ser radical y contundente en la exigencia. Porque en otros países ese derecho del publico y de todos esta protegido contra los reclamos del honor del publicano. Pero aquí no.  Alguna vez me demandó y me tuvo Rafael L. Callejas en el umbral de la cárcel, perseguido en las calles por los secretarios de sus juzgados para notificarme, por opinar desfavorablemente sobre su honradez, antes que le dieran 12 cartas de libertad. Me salvó la pericia de M. Jiménez.

Hace ya mas de medio siglo, en la época progresista de los tempranos sesentas, la Corte Suprema de EUA juzgó que en una sociedad abierta, como la que queremos preservar, el derecho del publico a ser adecuadamente informado sobre el comportamiento de los funcionarios esta por encima del derecho, privado e intimo de los susodichos al honor o contra la deshonra. Y por lo tanto sentó precedente y estableció que los funcionarios y los hombres públicos no pueden apelar a las leyes contra la difamación y la calumnia para proteger su privacidad y honor personal.

¡Son los únicos que no pueden recurrir a esas leyes! De tal forma que en EUA seria imposible una demanda como la que se acaba de utilizar para intimidar a Romero Ellner. Seria  imposible también que Teodoro Bonilla y el Magistrado Lozano amenazaran demandar a La Fiscalía. Y resulta hipócrita y contradictorio que la clase política cachureca, que tanto admira y complace al gringo, pretenda como desde hace años endurecer las penas para silenciar las criticas. No es mi amigo, no lo conozco.

Nunca he conversado con el. David Romero no es mi tipo ideal de periodista. Respeto pero disiento de su estilo para llamar la atención de la gente y mantenerla en suspenso. Por hoy, se ha convertido en el periodista emblemático del momento, denunciando los actos de corrupción que resultan cruciales para entender lo que ha venido pasando en este país y que nadie más se atrevió a hacer público, por miedo a la represalia, a esta represalia entre otras muchas y varias peores. Que incluso han venido tratando de encubrir los otros medios, esa prensa vendida que solo defiende la libertad cuando se amenaza desde el poder desfasado a su capital corporativo.

Hay que luchar desde aquí y desde ahora por los derechos de todos los periodistas amenazados. Porque así como en este país se asesina violentamente a una mujer cada 16 horas, aunque lo quiera esconder la manipulación mediática, cada tantos otros días se secuestra y mata a un periodista, defensor de derechos humanos o comunicador. Sin que se identifique nunca a los autores intelectuales de esos crímenes que son contra todos.

No es solamente por los nuevos medios y las redes sociales en particular, si no porque aun hay espacios de comunicación públicos independientes, como la Radio Globo, Radio Progreso, periódico EL LIBERTADOR y cientos de medios comunitarios, y porque hay periodistas dispuestos a arriesgarse para defender nuestra libertad que sobrevive aun una opinión critica generalizada, a la que no ha podido sofocar la propaganda asfixiante del régimen, la que los medios manipulados presentan como noticia positiva, el circo en que el propio Juan sin miedo participa vestido de gladiador y rodeado de guardaespaldas o su hermana, la dueña de los palacios, otorga pergaminos y recibe premios por la publicidad con que manipula al cardenal y al cuasi Nóbel como embajadores de la marca país que, si Ud. estudia bien, lector, en vez de deletrear Honduras a colores, deletrea Vergüenza

Con media docena de amigos (Manuelito Torres, Félix Molina, Manuel Gamero, Sandra Sánchez) David Romero es lo que queda del periodismo hondureño. Es lo que salvaguarda nuestro derecho a saber. Todos somos David. Lo sabe el pueblo. Lo sabe el cura. Y lo sabe JOH.

Felizmente Honduras está cambiando. Y no se va a dejar. Si estuviera funcionando como quieren el cerco mediático, la gente no tendría la disposición que manifestó en el Estadio Olímpico antier, la disposición a corear una consigna que ni siquiera ha salido ni se ha escuchado en los medios tradicionales… y no sabríamos aun, como ya sabemos cual es la ruta.

*Historiador hondureño, exsecretario de Cultura, Arte y Deportes y analista político.   

http://www.web.ellibertador.hn/index.php/avance/750-honduras-opinion-judicatura-bananera-cerco-mediatico-y-libertad-en-riesgo

Origen: http://www.hondurastierralibre.com/2015/11/honduras-opinion-judicatura-bananera.html

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Sentencia de Corte IDH evidencia crisis del sistema de justicia hondureño

Nov 13, 2015

Cinco años transcurrieron para que se hiciera justicia en el caso de tres jueces y una magistrada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que fueron despedidos en 2010 por pronunciarse públicamente contra el Golpe de Estado de 2009.

Esta semana la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió la sentencia sobre el caso y ordenó el reintegro de dos jueces y la magistrada, así como el pago de indemnizaciones por daños económicos y sicológicos en los que incurrió el despido.

Los jueces son Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado, así como la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza. En 2010 ellos fueron víctimas de procesos disciplinarios arbitrarios y luego fueron separados de sus cargos por manifestarse por la defensa de la democracia y el Estado de derecho en el 2009.

En la sentencia de la Corte IDH se ha encontrado al Estado como responsable de violación a la libertad de expresión, derecho a reunión, derechos políticos, derecho de asociación, garantías judiciales, protección judicial, derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad y el principio de legalidad.

Por lo tanto demanda inmediatamente el reintegro a sus puestos de trabajo a Guillermo López, Luis Chevez y a la magistrada Tirsa Flores Lanza, bajo las mismas condiciones de rango, salario y beneficios.

Para los implicados en el caso, la sentencia deja varias enseñanzas y significa un fuerte llamado de atención a la  forma como se desempeña el sistema de justicia hondureño.

El abogado Guillermo López Lone considera: “esta sentencia deja importantes resultados, entre ellos: los derechos y libertades de los jueces, hasta donde los jueces pueden ejercer sus derechos políticos, a la libertad de expresión, al debate y a la manifestación política.

Necesitamos un poder judicial independiente, que actúe fuera de las órdenes de partidos políticos e intereses particulares y esto es uno de los puntos que nos deja como enseñanza este caso del que se pronunció la Corte”.

La magistrada Tirza Flores Lanza cree que la resolución es esperanzadora porque abre la posibilidad de encontrar justicia para todas las víctimas del Golpe de Estado del 2009.

“En este momento en el que sentimos que la impunidad nos atormenta y donde no hay libertades democráticas para la gente, esta sentencia es importante porque obliga al Estado a ver la situación en la que está gobernando”, apuntó.

La sentencia tiene un plazo de vencimiento de un año y si no se cumple en seis meses hay sanciones económicas al Estado por parte de los organismos internacionales.

A las puertas de una nueva Corte Suprema de Justicia

Por primera vez la Corte IDH establece en una sentencia que Honduras sufrió una ruptura del estado democrático en el 2009, también afirmó que el pleno de la CSJ participó en el Golpe de Estado del 28 de junio contra Manuel Zelaya.

El pleno de la CSJ que menciona la sentencia sigue vigente y está a la vuelta de elegir a sus nuevas autoridades.

Para la directora del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) Marcia Aguiluz esta es una oportunidad para que la junta nominadora de los magistrados a la nueva CSJ elijan a personas independientes y que no representen los intereses de grupos particulares.

“La participación de la Corte en este despido y que ya fue reconocido por la Corte Interamericana es un llamado para rectificar y también exigir la responsabilidad de autonomía de los poderes del Estado.

Es necesario que se deduzcan las responsabilidades a quienes fueron los artífices de una mala implementación de la justicia durante el Golpe de Estado, por lo tanto la sociedad como las autoridades deben exigir que se tome las cartas en el asunto sobre el tema”, expresó.

Por su parte Luis Chévez dice que se deben facilitar las condiciones para crear un Estado independiente que pueda regular las reglas del juego de la sociedad y que ataque directamente a la impunidad.

“No se pueden repetir los errores del pasado, por lo tanto no hay carácter moral para que los magistrados actuales opten a reelegirse, pues los antecedentes son graves y en marco de eso es que gira la sentencia de la CIDH”, concluyó.

La sentencia es una prueba contundente para que el Ministerio Público inicie inmediatamente investigaciones penales contra los militares y civiles que participaron en el gobierno de facto, y también contra los magistrados y magistradas de la CSJ que apoyaron el Golpe.

Las esperanzas de ese escenario se desvanecen al ver que el Fiscal General Oscar Chinchilla fue uno de los magistrados que participó en las decisiones del Golpe y en la destitución de los jueces y la magistrada.

Los jueces y la magistrada son contundentes al afirmar que la sentencia se convierte en un fuerte llamado de atención para que en este nuevo proceso de elección de la CSJ, la junta nominadora seleccione bajo un proceso transparente e independiente a los 45 candidatos y candidatas y que luego sean sometidos a un proceso autónomo de elección.

A pesar del impacto de la sentencia la realidad nos indica otro escenario, uno que está inmerso en procesos de elección manchados, poco transparentes y a las puertas de nombrar a nuevos magistrados que respondan a los intereses de la clase política en el poder.

Origen: Sentencia de Corte IDH evidencia crisis del sistema de justicia hondureño

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Sentencia de la CIDH debe cumplirse porque es vinculante: jueces despedidos

Por: Redacción CRITERIO redaccion@criterio.hn;

Tegucigalpa.-Los jueces despedidos por el Poder Judicial señalan que la sentencia emitida este martes por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), es vinculante y debe ser acatada por el Estado de Honduras.

Además es importante porque establece que en Honduras se dio un golpe de Estado en junio de 2009 y ellos defendieron la Constitución de la República, acotaron.

Guillermo López Lone

Guillermo López Lone

Guillermo López Lone, habló en exclusiva con CRITERIO y manifestó recibir la noticia con alegría después de estar luchando y calificó de muy satisfactorio el haber encontrado justicia en una corte internacional después de haber agotado todas las instancias nacionales  y darse cuenta que es posible encontrar lo que es tan difícil de lograr en Honduras.

López Lone apuntó que,  la sentencia está firme, es vinculante para el Estado y tiene que cumplirla y no cabe ningún recurso.

Consultado sobre el tiempo que tiene el Estado para acatar lo dispuesto por la CIDH, respondió que,  esa es la parte un poco más difícil y ahora deben comenzar las pláticas con los personeros del gobierno y exigir la ejecución de la sentencia.

“Creo que ellos están en la obligación de carácter institucional de cumplirla, de lo contrario, acudiríamos nuevamente a los organismos internacionales a denunciarlos nuevamente por incumplimiento de la sentencia”, aunque señaló que esperan que sean responsables en cumplirla, expreso el juez.

López,  dijo que el gobierno está obligado a acatar la sentencia, pero pueden “darle un poco de largas al asunto” pero tampoco creo que muchas porque es una sentencia de la CIDH, que es vinculante y de obligatorio cumplimiento y lo que queda es entrar en el plano de la ejecución.

Reiteró que no hay alternativa para el Estado en cuanto a negarse a cumplirla, porque la Corte es parte del sistema de la Organización de Estados Americanos (OEA), y Honduras está buscando el apoyo de esta organización por lo tanto no cree que se niegue a cumplir lo dispuesto.

Consultado si hay algún caso registrado donde un país se haya negado a cumplir una sentencia de la CIDH, López dijo que no se conoce ningún caso donde un Estado haya dejado de hacerlo. Eso sería colocarse de plano en una lista negra que traería como consecuencia algunas sanciones de parte de otros organismos respecto al Estado de Honduras.

Finalmente relató que a partir de mañana se reunirá con sus compañeros Ramón Enrique Barrios, Tirza Flores Lanza y Luis Chévez para diseñar el camino a seguir y también reunirse con la gente del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) que han sido nuestros apoderados legales y  también junto a la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD) para trazar una estrategia a seguir para que la sentencia se pueda  ejecutar en el corto plazo.

Ramón Enrique Barrios

Ramón Enrique Barrios

Por su parte Ramón Enrique Barrios, quien también habló en exclusiva con CRITERIO dijo recibir la noticia con mucha alegría y mucha expectativa, “digamos porque hay varios temas; primero se establece que una corte reconoce que en Honduras hubo un golpe de Estado y es un poco reivindicar lo que pasó en el año 2009,  afianzar que nosotros en ese momento, como jueces y magistradas,  defendimos la Constitución de la República, eso es lo primero”.

“Luego con mucha alegría, pero con mucha reserva porque el texto final de la sentencia dice que el reintegro será posible si es posible” y esperamos que sea posible,  porque si no la sentencia no tendría sentido”, sentenció Barrios.

Advirtió que el  Consejo de la Judicatura, que a su juicio deja mucho que desear,  podría salir diciendo que no hay plazas y que no es posible su reintegro y el de sus compañeros, aunque adelantó que él no desea regresar al Poder Judicial.

Origen: Sentencia de la CIDH debe cumplirse porque es vinculante: jueces despedidos –

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Presidente de la CSJ debería pagar indemnización de los jueces: Jari Dixón

Por: Redacción CRITERIO redaccion@criterio.hn; 

Tegucigalpa.-El exfiscal y diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Jari Dixon Herrera,  considera que la indemnización que el Estado de Honduras deberá pagar a los tres jueces y a una magistrada, debe ser costeada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Jorge Rivera Avilés, porque fue quien de manera arbitraria procedió a destituirlos.

Herrera reaccionó luego que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sentenciara al Estado de Honduras por la destitución ilegal de la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza y los jueces Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado.

Jari Dixon Herrera

Jari Dixon Herrera

En su sentencia la CIDH establece que su sentencia constituye per se, una forma de reparación,  por lo que ordenó al Estado hondureño a reincorporar a los jueces a cargos similares a los que desempeñaban al momento de los hechos, con la misma remuneración, beneficios sociales y rango equiparables a los que les correspondería a la fecha si hubiesen sido reincorporados en su momento.

En caso que no fuera posible la reincorporación, deberá  pagarles la cantidad establecida en la sentencia, al igual que los montos por concepto de indemnización por daños materiales e inmateriales y el  reintegro de costas y gastos.

Al respecto, el exfiscal Herrera señaló que la responsabilidad de haber destituido de manera injustificada a los jueces es del presidente de la CSJ, Jorge Rivera Avilés, a quien debería deducírsele las costas que implica la sentencia, porque fue quien firmó los despidos injustificados de los  jueces.

“Él debería pagar todo este dinero porque no es justo que los contribuyentes, que el hombre y la mujer que trabaja arduamente, vengan y con sus impuestos vengan y tengan que pagar un error o un abuso de autoridad de los que dirigen el sistema de administración de justicia”, acotó.

El parlamentario recordó que la sentencia se pudo evitar si las instituciones del Estado hubieran hecho algo para enmendar el error. Recordó que un grupo de abogados, incluyéndolo a él, apeló al entonces presidente del Poder Legislativo, Juan Hernández, “pero el Congreso Nacional no hizo absolutamente nada”, sino mantenerse con el despido injustificado de los jueces.

Por su parte, el diputado por el Partido Anticorrupción, Walter Banegas, dijo que no sería justo que el pueblo hondureño  tenga que pagar una acción ilegal de quienes destituyeron a los jueces.

Walter Banegas

Walter Banegas

Banegas, quien también es abogado,  señaló que  se corre el riesgo que el pago de la indemnización se disfrace de nuevos impuestos y sea el pueblo hondureño que termine pagando los desaciertos.

En tanto, la también abogada y diputada del PINU, Doris Gutiérrez, apuntó que el fallo de la CIDH se esperaba que fuera en los términos que ha trascendido este martes, porque el acto que se cometió contra los jueces fue ilegal.

Gutiérrez vaticinó que el Estado hondureño podría correr la misma suerte con los cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional que fueron destituidos por el Parlamento, también de manera ilegal, el 12 de diciembre del 2012.

Doris Gutiérrez

Doris Gutiérrez

La congresista lamentó que las millonarias sumas que deberá pagarse saldrán del erario público, que implica el pago de los impuestos de los ciudadanos.

Los jueces y la magistrada fueron destituidos el 5 de mayo de 2010, por participar en actividades de protesta contra el golpe de Estado del 28 de junio de 2009, cuando se defenestró del poder y se envió al exilio al Presidente Manuel Zelaya.

Origen: Presidente de la CSJ debería pagar indemnización de los jueces: Jari Dixón –

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Sentencia de la CIDH afecta directamente a JOH porque él es parte del golpe de Estado

Por: Redacción CRITERIO redaccion@criterio.hn; 

Tegucigalpa.-La sentencia del Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) afecta directamente al presidente Juan Hernández porque es parte del golpe de Estado del 28 de junio de 2009, dijo este martes el expresidente Manuel Zelaya.

“Este fallo perjudica directamente a Juan Orlando porque él participó en el golpe de Estado”, expresó el exmandatario en una entrevista concedida a CRITERIO para exponer sus puntos de vista,  luego que la  CIDH sentenciara al Estado de Honduras por la destitución ilegal de la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza y los jueces Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado.

Zelaya también consideró que la sentencia pone nuevamente en el banquillo de los acusados a los  actores materiales e intelectuales del golpe de Estado y se inicia el desafuero de los que están todavía impunes porque nadie los ha tocado, pues  las cortes internacionales están comenzando a actuar y eso es lo que se esperaba.

Añadió que con su fallo la CIDH envía un mensaje al Estado hondureño y le advierte que “los hechos ocurridos el 28 de junio de 2009, son un hecho ilícito internacional o sea que estos golpistas pueden ser sentenciados  y juzgados  a nivel internacional. Tarde o temprano el brazo de la justicia va a caer sobre ellos”, auguró.

A su juicio el golpe de Estado es el mayor acto de corrupción del Estado hondureño durante el siglo 21 y los implicados están gobernando, pero deberán “poner sus barbas en remojo para lo que viene en los años venideros”, advirtió.

Por otra parte, consideró que con la sentencia que obliga el reintegro de los jueces a sus puestos de trabajo, hay una rectificación honrosa. “Creo que la justicia internacional, está apretando al golpismo en Honduras”, apuntó.

En ese mismo orden, aclaró que la Corte Penal Internacional no ha desestimado las violaciones a los derechos humanos que se registraron en Honduras durante el golpe de Estado de 2009, ya que lo que advirtió recientemente ese tribunal de justicia, es que esos casos no son de su  competencia.

Zelaya ilustró que a raíz del golpe de Estado de 2009 hay muchas denuncias contra el Estado de Honduras y la primera que surtió efectuó fue la expulsión de la Organización de Estados Americanos (OEA) el 5 de julio de 2009, lo que se revirtió posteriormente, el 22 de mayo de 2011 con la firma del acuerdo de Cartagena.

Finalmente dijo que como un acto personal ha perdonado a quienes gestaron el golpe de Estado en su contra, “pero las violaciones a los derechos humanos y a los crímenes cometidos con el golpe de Estado, son imprescriptibles ante la justicia; una cosa es nuestro concepto de reconciliación y otra cosa es la aplicación de la justicia por los asesinatos”, concluyó.

Origen: Sentencia de la CIDH afecta directamente a JOH porque él es parte del golpe de Estado –

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Estado hondureño violentó la Convención Americana con destitución de jueces

Noviembre 10 del 2015; San José, Costa Rica (Conexihon).-

El Estado hondureño violentó la Convención Americana de Derechos Humanos con la destitución de tres jueces y una magistrada de la Corte Suprema de Justicia, por lo que deberá iniciar un proceso de reparación, anunció este martes la  Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El caso conocido como la Sentencia sobre Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas en el Caso López Lone y otros Vs. Honduras, fue presentado a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 17 de marzo de 2014. El texto íntegro de la Sentencia y el resumen oficial de la misma podrá consultarse en el siguiente enlace: http://www.corteidh.or.cr/casos.cfm.

La sentencia se refiere a los procesos disciplinarios realizados en contra de los jueces Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado, así como de la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza. Como consecuencia de estos procesos los cuatro jueces fueron destituidos, y tres de ellos separados del Poder Judicial. Dichos procesos disciplinarios fueron iniciados por conductas de las víctimas en defensa de la democracia y el Estado de Derecho en el contexto del golpe de Estado ocurrido en junio de 2009 en Honduras. Asimismo, todas las víctimas eran miembros de la Asociación de Jueces por la Democracia, la cual también se manifestó en contra del golpe de Estado y a favor de la restitución del Estado de Derecho.

En su Sentencia, la Corte, de manera preliminar, resaltó que la democracia representativa es uno de los pilares de todo el sistema del que la Convención Americana sobre Derechos Humanos forma parte y constituye un principio reafirmado por los Estados Americanos en la Carta de la OEA. La Corte determinó que los sucesos ocurridos en Honduras a partir del 28 de junio de 2009 constituyeron un hecho ilícito internacional. Durante esta situación de ilegitimidad internacional se iniciaron procesos disciplinarios contra las víctimas, por conductas que, en el fondo, constituían actuaciones en contra del golpe de Estado y a favor del Estado de Derecho y la democracia. Estas actuaciones correspondieron no solo al ejercicio de un derecho sino al cumplimiento del deber de defender la democracia.

Al examinar las actuaciones realizadas por cada una de las víctimas, la Corte consideró  que: i) los procesos disciplinarios seguidos en contra del señor López Lone, por su participación en una manifestación en contra del golpe de Estado y su posterior destitución, y en contra del señor Chévez de la Rocha por su presunta participación y subsecuente detención en una manifestación en contra del golpe de Estado y por los comentarios realizado a compañeros del Poder Judicial, así como la negativa de reincorporación a su puesto de juez, constituyeron una violación de su libertad de expresión, derecho de reunión y derechos políticos, consagrados en los artículos 13.1, 15 y 23 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma; ii) el proceso disciplinario en contra de la señora Flores Lanza, por el ejercicio de una acción de amparo, la interposición de una denuncia y los comentarios sobre las actuaciones de otros órganos jurisdiccionales, así como su posterior destitución, y el inicio de un proceso disciplinario en contra del señor Barrios Maldonado, por un artículo periodístico donde se reseñaba su opinión sobre el golpe de Estado, constituyeron una violación de su libertad de expresión y sus derechos políticos, consagrados en los artículos 13.1 y 23 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en su perjuicio.

Asimismo, la Corte señaló que las destituciones del señor López Lone, del señor Chévez de la Rocha y de la señora Flores Lanza afectaron su posibilidad de pertenecer a la Asociación de Jueces por la Democracia  y, por tanto, constituyeron además una restricción indebida al derecho a la libertad de asociación. En el caso del señor Barrios Maldonado, la Corte consideró que al no haberse hecho efectiva su destitución, no existió una restricción a su libertad de asociación.

Respecto a las garantías judiciales y derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad, la Corte concluyó que: (i) los procedimientos disciplinarios a los que fueron sometidos las víctimas no estaban establecidos legalmente; (ii) el Consejo de la Carrera Judicial era incompetente y carecía de la independencia necesaria para resolver recursos contra los acuerdos de destitución de la Corte Suprema de Justicia; (iii) la forma cómo se integró el Consejo de la Carrera Judicial, para decidir los recursos interpuestos por las víctimas, no garantizó adecuadamente su imparcialidad, y (iv) la Corte Suprema de Justicia no ofrecía garantías objetivas de imparcialidad para pronunciarse sobre las presuntas faltas disciplinarias de las víctimas, en la medida en que todas estaban relacionadas con conductas relativas al golpe de Estado. En virtud de todas estas consideraciones, este Tribunal concluyó que el Estado violó el artículo 8.1 de la Convención, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, en perjuicio de Adán Guillermo López Lone, Tirza del Carmen Flores Lanza, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado. Asimismo, la Corte determinó que la destitución de las víctimas, por medio de un procedimiento que no estaba establecido legalmente y que no respetó las garantías de competencia, independencia e imparcialidad, afectó indebidamente el derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad de Adán Guillermo López Lone, Tirza del Carmen Flores Lanza y Luis Alonso Chévez de la Rocha, en violación del artículo 23.1.c de la Convención Americana

Respecto al derecho a la protección judicial, la Corte señaló que no era clara la disponibilidad del recurso de amparo frente a las decisiones del Consejo de la Carrera Judicial. Sin perjuicio de ello, la Corte notó que, en caso de estar disponible, el contexto en el cual se desarrollaron los hechos de este caso y las características del procedimiento que tendría que haberse seguido evidencia que el mismo no hubiera resultado efectivo. Por tanto, la Corte consideró que el violó el artículo 25.1 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de las víctimas.

En relación con el principio de legalidad, la Corte concluyó que el Estado violó el artículo 9 de la Convención, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la Convención en perjuicio de Adán Guillermo López Lone, Tirza del Carmen Flores Lanza, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado, debido a la excesiva discrecionalidad en el establecimiento de la sanción de destitución, así como la vaguedad y amplitud con que estaban previstas y fueron aplicadas las causales disciplinarias a las víctimas de este caso.

Proceso de reparación

En virtud de estas violaciones, la Corte ordenó al Estado la adopción de diversas medidas de reparación. Igualmente, anunció que la Corte supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma.

La composición de la Corte para la emisión de esta Sentencia fue la siguiente: Humberto Antonio Sierra Porto, Presidente; Roberto F. Caldas, Vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles, Juez; Diego García-Sayán, Juez; Alberto Pérez Pérez, Juez; Eduardo Vio Grossi, Juez, y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Juez. Estuvieron presentes, además, el Secretario de la Corte, Pablo Saavedra Alessandri, y la Secretaria Adjunta, Emilia Segares Rodríguez.

Origen: http://conexihon.hn/site/noticia/derechos-humanos/derechos-humanos/estado-hondure%C3%B1o-violent%C3%B3-la-convenci%C3%B3n-americana-con

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Tres sentencias más sobre Honduras – 10 Noviembre 2015

Entre el 28 de septiembre y el 9 de octubre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos celebró en San José, Costa Rica, su 111 Período Ordinario de Sesiones en el que emitió seis sentencias que serán notificadas próximamente.

Entre estas sentencias se encuentran tres relacionadas con Honduras, cuyas implicaciones podrían tener un impacto significativo en temas fundamentales para la democracia y el Estado de derecho, tales como la independencia judicial y el respeto a los derechos ancestrales de los pueblos originarios.

Un​a​ de las sentencias trata sobre el caso López Lone y otros, acerca de los tres jueces y una magistrada que fueron separados por oponerse al golpe de Estado, por denunciar la complicidad de la Corte Suprema de Justicia con el gobierno de facto y por cumplir con su papel de garantes de la legalidad y el respeto de los derechos de la ciudadanía.

Las otras dos sentencias se refieren a los casos de las comunidades Garífunas de Punta Piedra y Triunfo de la Cruz, y sus miembros, a quienes el Estado de Honduras a través de megaproyectos turísticos los está despojando de sus territorios ancestrales, violentando de esa manera su derecho a la consulta previa e informada.

Sin duda alguna, de cumplirse con las expectativas que generan estas sentencias, sus puntos resolutivos podrían convertirse en una herramienta jurídica y política muy importante para promover cambios estructurales que favorezcan el respeto de la independencia judicial y de los derechos del pueblo garífuna y demás pueblos indígenas del país en relación con sus territorios.

A través de estas sentencias, la Corte Interamericana de Derechos Humanos puede enviar un mensaje contundente al Estado hondureño y demás Estados de la región que creen que pueden seguir tratando a su ciudadanía como súbditos, y dejar claro que los derechos humanos están por encima del poder público, que está en la obligación de respetarlos, promoverlos y garantizarlos.

Origen: Tres sentencias más sobre Honduras – 10 Noviembre 2015

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CORTE EMITE SENTENCIA EN CASO DE JUECES DESTITUI DOS POR ACTUACIONES EN CONTRA DEL GOLPE DE ESTADO EN HONDURAS

San José, Costa Rica, 10 de noviembre de 2015. – La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó el día de hoy la Sentencia sobre Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas en el Caso López Lone y otros Vs. Honduras, presentado a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 17 de marzo de 2014. El texto íntegro de la Sentencia y el resumen oficial de la misma podrá consultarse en el siguiente enlace: http://www.corteidh.or.cr/casos.cfm.
El presente caso se refiere a los procesos disciplinarios realizados en contra de los jueces Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado, así como de la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza. Como consecuencia de estos procesos los cuatro jueces fueron destituidos, y tres de ellos separados del Poder Judicial. Dichos procesos disciplinarios fueron iniciados por conductas de las víctimas en defensa de la democracia y el Estado de Derecho en el contexto del golpe de Estado ocurrido en junio de 2009 en Honduras.
Asimismo, todas las víctimas eran miembros de la Asociación de Jueces por la Democracia, la cual también se manifestó en contra del golpe de Estado y a favor de la restitución del Estado de Derecho.
En su Sentencia, la Corte, de manera preliminar, resaltó que la democracia representativa es uno de los pilares de todo el sistema del que la Convención American a sobre Derechos Humanos forma parte y constituye un principio reafirmado por los Estados Americanos en la Carta de la OEA. La Corte determinó que los sucesos ocurridos en Honduras a partir del 28 de junio de 2009 constituyeron un hecho ilícito internacional. Durante esta situación de ilegitimidad internacional se iniciaron procesos disciplinarios contra las víctimas, por conductas que, en el fondo, constituían actuaciones en contra del golpe de Estado y a favor del Estado de Derecho y la democracia.
Estas actuaciones correspondieron no solo al ejercicio de un derecho sino al cumplimiento del deber de defender la democracia.
Al examinar las actuaciones realizadas por cada una de las víctimas, la Corte consideró que:
i) los procesos disciplinarios seguidos en contra del señor López
Lone, por su participación en una manifestación en contra del golpe de Estado y su posterior destitución, y en contra del señor Chévez de la Rocha por su presunta participación y subsecuente detención en una manifestación en contra del golpe de Estado y por los comentarios realizado a compañeros del Poder Judicial, así como la negativa de reincorporación a su puesto de juez, constituyeron una violación de su
libertad de expresión, derecho de reunión y derechos políticos, consagrados en los artículos 13.1, 15 y 23 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma;
ii) el proceso disciplinario en contra de la señora Flores Lanza, por el ejercicio de una acción de amparo, la interposición de una denuncia y los comentarios sobre las actuaciones de otros órganos jurisdiccionales, así como su posterior destitución, y el inicio de un proceso disciplinario en contra del señor Barrios Maldonado, por un artículo periodístico donde se reseñaba su opinión sobre el golpe de Estado, constituyeron una violación de su libertad de expresión y sus derechos políticos, consagrados en los artículos 13.1 y 23 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en su perjuicio. Asimismo, la Corte señaló que

las destituciones del señor López Lone, del señor Chévez de la Rocha y de la señora Flores Lanza afectaron su posibilidad de pertenecer a la Asociación de Jueces por la Democracia y, por tanto, constituyeron además una restricción indebida al derecho a la libertad de asociación. En el caso del señor Barrios Maldonado, la Corte consideró que al no haberse hecho efectiva su destitución, no existió una restricción a su libertad de asociación. Respecto a las garantías judiciales y derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad, la Corte concluyó que:
(i) los procedimientos disciplinarios a los que fueron sometidos las víctimas no estaban establecidos legalmente;
(ii) el Consejo de la Carrera Judicial era incompetente y carecía de la independencia necesaria para resolver re cursos contra los acuerdos de destitución de la Corte Suprema de Justicia;
(iii) la forma cómo se integró el Consejo de la Carrera Judicial, para decidir los recursos interpuestos por las víctimas, no garantizó adecuadamente su imparcialidad,
y (iv) la Corte Suprema de Justicia no ofrecía garantías objetivas de imparcialidad para pronunciarse sobre las presuntas faltas disciplinarias de las víctimas, en la medida en que todas estaban relacionadas con conductas relativas al golpe de Estado. En virtud de todas estas consideraciones, este Tribunal concluyó que el Estado violó el artículo 8.1 de la Convención, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, en perjuicio de Adán Guillermo López Lone, Tirza del
Carmen Flores Lanza, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado. Asimismo, la Corte determinó que la destitución de las víctimas, por medio de un procedimiento que no estaba establecido legalmente y que no respetó las garantías de competencia, independencia e imparcialidad, afectó indebidamente el derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad de Adán Guillermo
López Lone, Tirza del Carmen Flores Lanza y Luis Alonso Chévez de la Rocha, en violación del artículo 23.1.c de la Convención Americana Respecto al derecho a la protección judicial, la Corte señaló que
no era clara la disponibilidad del recurso de amparo frente a las decisiones del Consejo de la Carrera Judicial.
Sin perjuicio de ello, la Corte notó que, en caso de estar disponible, el contexto en el cual se desarrollaron los hechos de este caso y las características del procedimiento que tendría que haberse seguido evidencia que el mismo no hubiera resultado efectivo. Por tanto, la Corte consideró que el violó el artículo 25.1 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de las víctimas.
Respecto al principio de legalidad, la Corte concluyó que el Estado violó el artículo 9 de la Convención, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la Convención en perjuicio de Adán Guillerm o López Lone, Tirza del Carmen Flores Lanza, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado, debido a la excesiva discrecionalidad en el establecimiento de la sanción de destitución, así como la vaguedad y amplitud con que estaban previstas y fueron aplicadas las causales disciplinarias a las víctimas de este caso
Comunicado de Prensa
Corte Interamericana de Derechos Humanos

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La CorteIDH condena a Honduras por remoción de jueces opuestos al golpe de 2009

Cholusat Sur, Canal 36, escrito por en nov 10 2015.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó hoy una sentencia en la que condena al Estado hondureño por la destitución de cuatro jueces que se opusieron al golpe de Estado contra el exmandatario Manuel Zelaya, en 2009, y ordena la restitución de tres de ellos.

“Durante esta situación de ilegitimidad internacional del gobierno de facto se iniciaron procesos disciplinarios contra las víctimas, por conductas que, en el fondo, constituían actuaciones en contra del golpe de Estado y favor del Estado de Derecho y la democracia”, señala la sentencia de la CorteIDH.

Origen: La CorteIDH condena a Honduras por remoción de jueces opuestos al golpe de 2009 – Noticias Cholusat Sur

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Sentencia de la CIDH debe cumplirse porque es vinculante: jueces despedidos

Los jueces despedidos por el Poder Judicial señalan que la sentencia emitida este martes por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), es vinculante y debe ser acatada por el Estado de Honduras.

Además es importante porque establece que en Honduras se dio un golpe de Estado en junio de 2009 y ellos defendieron la Constitución de la República, acotaron.

Guillermo López Lone

Guillermo López Lone

Guillermo López Lone, habló en exclusiva con CRITERIO y manifestó recibir la noticia con alegría después de estar luchando y calificó de muy satisfactorio el haber encontrado justicia en una corte internacional después de haber agotado todas las instancias nacionales  y darse cuenta que es posible encontrar lo que es tan difícil de lograr en Honduras.

López Lone apuntó que,  la sentencia está firme, es vinculante para el Estado y tiene que cumplirla y no cabe ningún recurso.

Consultado sobre el tiempo que tiene el Estado para acatar lo dispuesto por la CIDH, respondió que,  esa es la parte un poco más difícil y ahora deben comenzar las pláticas con los personeros del gobierno y exigir la ejecución de la sentencia.

“Creo que ellos están en la obligación de carácter institucional de cumplirla, de lo contrario, acudiríamos nuevamente a los organismos internacionales a denunciarlos nuevamente por incumplimiento de la sentencia”, aunque señaló que esperan que sean responsables en cumplirla, expreso el juez.

López,  dijo que el gobierno está obligado a acatar la sentencia, pero pueden “darle un poco de largas al asunto” pero tampoco creo que muchas porque es una sentencia de la CIDH, que es vinculante y de obligatorio cumplimiento y lo que queda es entrar en el plano de la ejecución.

Reiteró que no hay alternativa para el Estado en cuanto a negarse a cumplirla, porque la Corte es parte del sistema de la Organización de Estados Americanos (OEA), y Honduras está buscando el apoyo de esta organización por lo tanto no cree que se niegue a cumplir lo dispuesto.

Consultado si hay algún caso registrado donde un país se haya negado a cumplir una sentencia de la CIDH, López dijo que no se conoce ningún caso donde un Estado haya dejado de hacerlo. Eso sería colocarse de plano en una lista negra que traería como consecuencia algunas sanciones de parte de otros organismos respecto al Estado de Honduras.

Finalmente relató que a partir de mañana se reunirá con sus compañeros Ramón Enrique Barrios, Tirza Flores Lanza y Luis Chévez para diseñar el camino a seguir y también reunirse con la gente del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) que han sido nuestros apoderados legales y  también junto a la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD) para trazar una estrategia a seguir para que la sentencia se pueda  ejecutar en el corto plazo.

Ramón Enrique Barrios

Ramón Enrique Barrios

Por su parte Ramón Enrique Barrios, quien también habló en exclusiva con CRITERIO dijo recibir la noticia con mucha alegría y mucha expectativa, “digamos porque hay varios temas; primero se establece que una corte reconoce que en Honduras hubo un golpe de Estado y es un poco reivindicar lo que pasó en el año 2009,  afianzar que nosotros en ese momento, como jueces y magistradas,  defendimos la Constitución de la República, eso es lo primero”.

“Luego con mucha alegría, pero con mucha reserva porque el texto final de la sentencia dice que el reintegro será posible si es posible” y esperamos que sea posible,  porque si no la sentencia no tendría sentido”, sentenció Barrios.

Advirtió que el  Consejo de la Judicatura, que a su juicio deja mucho que desear,  podría salir diciendo que no hay plazas y que no es posible su reintegro y el de sus compañeros, aunque adelantó que él no desea regresar al Poder Judicial.

Sentencia de la CIDH debe cumplirse porque es vinculante: jueces despedidos

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Presidente de la CSJ debería pagar indemnización de los jueces: Jari Dixón

El exfiscal y diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Jari Dixon Herrera,  considera que la indemnización que el Estado de Honduras deberá pagar a los tres jueces y a una magistrada, debe ser costeada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Jorge Rivera Avilés, porque fue quien de manera arbitraria procedió a destituirlos.

Herrera reaccionó luego que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sentenciara al Estado de Honduras por la destitución ilegal de la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza y los jueces Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado.

Jari Dixon Herrera

Jari Dixon Herrera

En su sentencia la CIDH establece que su sentencia constituye per se, una forma de reparación,  por lo que ordenó al Estado hondureño a reincorporar a los jueces a cargos similares a los que desempeñaban al momento de los hechos, con la misma remuneración, beneficios sociales y rango equiparables a los que les correspondería a la fecha si hubiesen sido reincorporados en su momento.

En caso que no fuera posible la reincorporación, deberá  pagarles la cantidad establecida en la sentencia, al igual que los montos por concepto de indemnización por daños materiales e inmateriales y el  reintegro de costas y gastos.

Al respecto, el exfiscal Herrera señaló que la responsabilidad de haber destituido de manera injustificada a los jueces es del presidente de la CSJ, Jorge Rivera Avilés, a quien debería deducírsele las costas que implica la sentencia, porque fue quien firmó los despidos injustificados de los  jueces.

“Él debería pagar todo este dinero porque no es justo que los contribuyentes, que el hombre y la mujer que trabaja arduamente, vengan y con sus impuestos vengan y tengan que pagar un error o un abuso de autoridad de los que dirigen el sistema de administración de justicia”, acotó.

El parlamentario recordó que la sentencia se pudo evitar si las instituciones del Estado hubieran hecho algo para enmendar el error. Recordó que un grupo de abogados, incluyéndolo a él, apeló al entonces presidente del Poder Legislativo, Juan Hernández, “pero el Congreso Nacional no hizo absolutamente nada”, sino mantenerse con el despido injustificado de los jueces.

Por su parte, el diputado por el Partido Anticorrupción, Walter Banegas, dijo que no sería justo que el pueblo hondureño  tenga que pagar una acción ilegal de quienes destituyeron a los jueces.

Walter Banegas

Walter Banegas

Banegas, quien también es abogado,  señaló que  se corre el riesgo que el pago de la indemnización se disfrace de nuevos impuestos y sea el pueblo hondureño que termine pagando los desaciertos.

En tanto, la también abogada y diputada del PINU, Doris Gutiérrez, apuntó que el fallo de la CIDH se esperaba que fuera en los términos que ha trascendido este martes, porque el acto que se cometió contra los jueces fue ilegal.

Gutiérrez vaticinó que el Estado hondureño podría correr la misma suerte con los cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional que fueron destituidos por el Parlamento, también de manera ilegal, el 12 de diciembre del 2012.

Doris Gutiérrez

Doris Gutiérrez

La congresista lamentó que las millonarias sumas que deberá pagarse saldrán del erario público, que implica el pago de los impuestos de los ciudadanos.

Los jueces y la magistrada fueron destituidos el 5 de mayo de 2010, por participar en actividades de protesta contra el golpe de Estado del 28 de junio de 2009, cuando se defenestró del poder y se envió al exilio al Presidente Manuel Zelaya.

Presidente de la CSJ debería pagar indemnización de los jueces: Jari Dixón

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Sentencia de la CIDH afecta directamente a JOH porque él es parte del golpe de Estado

La sentencia del Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) afecta directamente al presidente Juan Hernández porque es parte del golpe de Estado del 28 de junio de 2009, dijo este martes el expresidente Manuel Zelaya.

“Este fallo perjudica directamente a Juan Orlando porque él participó en el golpe de Estado”, expresó el exmandatario en una entrevista concedida a CRITERIO para exponer sus puntos de vista,  luego que la  CIDH sentenciara al Estado de Honduras por la destitución ilegal de la magistrada Tirza del Carmen Flores Lanza y los jueces Adán Guillermo López Lone, Luis Alonso Chévez de la Rocha y Ramón Enrique Barrios Maldonado.

Zelaya también consideró que la sentencia pone nuevamente en el banquillo de los acusados a los  actores materiales e intelectuales del golpe de Estado y se inicia el desafuero de los que están todavía impunes porque nadie los ha tocado, pues  las cortes internacionales están comenzando a actuar y eso es lo que se esperaba.

Añadió que con su fallo la CIDH envía un mensaje al Estado hondureño y le advierte que “los hechos ocurridos el 28 de junio de 2009, son un hecho ilícito internacional o sea que estos golpistas pueden ser sentenciados  y juzgados  a nivel internacional. Tarde o temprano el brazo de la justicia va a caer sobre ellos”, auguró.

A su juicio el golpe de Estado es el mayor acto de corrupción del Estado hondureño durante el siglo 21 y los implicados están gobernando, pero deberán “poner sus barbas en remojo para lo que viene en los años venideros”, advirtió.

Por otra parte, consideró que con la sentencia que obliga el reintegro de los jueces a sus puestos de trabajo, hay una rectificación honrosa. “Creo que la justicia internacional, está apretando al golpismo en Honduras”, apuntó.

En ese mismo orden, aclaró que la Corte Penal Internacional no ha desestimado las violaciones a los derechos humanos que se registraron en Honduras durante el golpe de Estado de 2009, ya que lo que advirtió recientemente ese tribunal de justicia, es que esos casos no son de su  competencia.

Zelaya ilustró que a raíz del golpe de Estado de 2009 hay muchas denuncias contra el Estado de Honduras y la primera que surtió efectuó fue la expulsión de la Organización de Estados Americanos (OEA) el 5 de julio de 2009, lo que se revirtió posteriormente, el 22 de mayo de 2011 con la firma del acuerdo de Cartagena.

Finalmente dijo que como un acto personal ha perdonado a quienes gestaron el golpe de Estado en su contra, “pero las violaciones a los derechos humanos y a los crímenes cometidos con el golpe de Estado, son imprescriptibles ante la justicia; una cosa es nuestro concepto de reconciliación y otra cosa es la aplicación de la justicia por los asesinatos”, concluyó.

Sentencia de la CIDH afecta directamente a JOH porque él es parte del golpe de Estado

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